Caso asesinato Yuniol Ramírez será conocido en jurisdicción del Distrito Nacional
La Segunda Sala Penal de la Corte de Apelación de la Provincia de Santo Domingo declinó a la jurisdicción del Distrito Nacional el expediente sobre el asesinato del abogado Yuniol Ramírez.
El tribunal, presidido por la magistrada Sarah Veras, e integrado por Wendy Valdez y Danilo Amador Quevedo, tomó la decisión tras acoger un recurso de apelación presentado por los abogados de los familiares del catedrático universitario, doctores Ramón Ramírez y Manaury Montero Ferrera.
Asimismo, los jueces declararon la incompetencia de la jurisdicción de la provincia Santo Domingo, para conocer la fases preparatorias del procedimiento del proceso penal, por lo que la fiscal de esa jurisdicción Olga Diná Llaverías, deberá remitirle la pieza acusatoria a la fiscal del Distrito Nacional, Yeni Berenice Reynoso.
Los jueces sostienen que del análisis de los elementos probatorios presentados por los abogados de los familiares de Yuniol Ramírez en apoyo de su recurso se extraen indicios circunstancias suficientes para establecer que la jurisdicción competente es el Distrito Nacional.
En el dispositivo de la sentencia establecen que conforme al artículo 60 del Código Procesal Penal, la competencia territorial de los jueces o tribunales se determina por el lugar donde se haya consumado la infracción y los indicios presentados apuntan a que con probabilidad el presente caso se ajusta a lo dispuesto en ese artículo.
En la audiencia, los abogados de los familiares de Yuniol Ramírez habían pedido al tribunal de alzada declarar la declinatoria del caso por incompetencia territorial, alegando que el asesinato de su familiar se produjo en la jurisdicción del Distrito Nacional.
Sostienen que el crimen ocurrió en el campus central de la UASD, por lo que alegan que corresponde a la Fiscalía de esta demarcación conocer el caso.